Como trabajadora del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y madre soltera de un niño de 4 años he querido realizar este análisis sobre los datos ofrecidos por el INE en su publicación sobre Hombres y Mujeres en España, cuya finalidad es "ofrecer, desde una perspectiva de género, una selección de los indicadores más relevantes en el momento actual que permitan analizar la situación de hombres y mujeres, en determinadas áreas sociales y económicas como educación, empleo, salarios e inclusión social, salud, ciencia y tecnología, etc."
El epígrafe elegido para mi análisis es el relativo al Empleo de dicha publicación del INE, más concretamente, los puntos 1.4 y 1.6, y la finalidad del mismo es relacionar y reflexionar como afectan los datos que voy a exponer con respecto a las prestaciones por desempleo y pensión de jubilación, ya que como explicaré más adelante, tiene un gran impacto en la vida laboral y económica de las mujeres que eligen conciliar trabajo y familia y se ven obligadas a elegir trabajos a jornada parcial o excedencias para lograr esta conciliación.
1.4 Razones del trabajo a tiempo parcial según grupos de edad. Trabajo a tiempo parcial según tipo de hogar
Introducción
Los motivos del trabajo a tiempo parcial en hombres y mujeres son muy diferentes y pueden ir asociados entre otros motivos a no haber podido encontrar un trabajo de jornada completa, a las dificultades para la conciliación del trabajo y la vida familiar tales como el cuidado de niños o de adultos dependientes, seguir cursos de enseñanza o formación, obligaciones familiares o personales.
Se proporciona información de las razones del trabajo a tiempo parcial de hombres y mujeres según grupos de edad: de 16 a 24 años, de 25 a 49 años, de 25 a 64 años.
*Fuente: INE.- Datos seleccionados del Epígrafe 1.4 (https://www.ine.es/uc/MqcTQO7Ai1)
Como vemos en la tabla, entre las razones para el trabajo parcial en la población activa, un 17,3% de mujeres alegan la conciliación familiar como principal motivo, frente a un 3,5% de los hombres consultados.
Por otro lado,
En el caso de las mujeres, a medida que se incrementa el número de hijos menores de 12 años, disminuye la tasa de empleo. La tasa para la mujeres sin hijos de esa edad es de 77,9% y de 71,5% en el caso de tener hijos de esa edad (74,3% las que tienen un hijo, 70,4% en el caso de dos hijos y de 52,2% el de las mujeres con tres o más hijos).
El 3,5 % de las personas con al menos un hijo (propio o de la pareja) que dejaron de trabajar en algún momento desde que terminaron los estudios, lo hizo por tomar una excedencia por cuidado de hijos (3,6% de mujeres frente a 2,9% de hombres).
Por edad, el mayor porcentaje se registró entre los 45 a 64 años (3,9%). De los 35 a 44 años fue del 3,3% y del 2,7% de los 18 a 34 años.
Por sexo, el 86,9% de los hombres lo interrumpieron en un período de seis meses como máximo. En el caso de las mujeres los periodos de interrupción estuvieron más repartidos: un 49,9% lo interrumpieron seis meses, un 20,9% entre seis meses y un año, un 9,4% entre un año y dos y un 17,7% más de dos años (frente al 2,8% de los hombres).
El porcentaje de hombres que únicamente abandonaron el trabajo por permiso de paternidad/maternidad superó al de las mujeres (66,9% frente a 57,1%). Si la razón era una combinación de excedencia con permiso de maternidad/paternidad el porcentaje es de 13,5% de hombres y un 17,7% de mujeres.
Fuente: INE.- Datos seleccionados del Epígrafe 1.6 (https://www.ine.es/uc/pHdKy3psi1)
De estos datos, podemos extraer que las mujeres todavía interrumpen mucho más que los hombres su carrera laboral para ocuparse del cuidado de los hijos, principalmente, pero también de familiares dependientes.
Sin entrar en el tema de la brecha salarial, trabajando en el SEPE, se ven muy claras las consecuencias económicas que esta desigualdad existente produce a las mujeres, ya que la parcialidad laboral o los periodos de excedencia y/o inactividad laboral, se traducen en menos años cotizados y menos importes de cotización, que son las bases empleadas tanto por el SEPE como por la Seguridad Social para el cálculo de prestaciones por desempleo, subsidios (especialmente la cotización necesaria para poder obtener el subsidio de mayores de 52 años) y finalmente, los importes de las pensiones de incapacidad por enfermedad y el tiempo necesario para poder optar por la jubilación.
Hasta el 1 de octubre de 2023, la cotización a tiempo parcial no se consideraba como de jornada unitaria para la Seguridad Social, por lo que el tiempo trabajado a efectos de cotización no se medía en tiempo real, sino en tiempo de cotización de jornadas completas. Esto se traducía en periodos más largos de trabajo para poder completar el tiempo requerido de cotización tanto para el cobro del subsidio de mayores de 52 años como para el cobro de la jubilación. Y como el importe cotizado por el tiempo de trabajo parcial es menor, también el importe de las prestaciones recibidas se reduce en proporción, creando un perjuicio económico a todas estas mujeres que se ven obligadas a reducir sus jornadas laborales y sus ingresos para poder conciliar trabajo y familia.
En conclusión, por este motivo es muy importante la educación en igualdad más allá de los roles de género, para tratar de corregir las desigualdades económicas que se ven obligadas a soportar las mujeres por ser cuidadoras en mayor porcentaje que los hombres. Debemos hacer entender a los niños y futuros hombres que ellos también han de ser cuidadores de sus hijos y de sus mayores en el mismo porcentaje que lo son las mujeres, para restablecer el equilibrio económico entre ambos sexos.
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